Formulario I-130: así se puede patrocinar la green card de un familiar

El Formulario I-130 del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) se utiliza para iniciar el proceso de solicitud de residencia permanente para un familiar. Los patrocinadores deben ser ciudadanos estadounidenses o titulares de una green card.
¿Quién puede presentar el Formulario I-130 para pedir a un familiar?
La agencia señala que pueden utilizar el formulario los peticionarios que son ciudadanos o residentes permanentes de Estados Unidos que necesitan demostrar la relación que tienen con un familiar elegible, al que se le denomina beneficiario, quien desea solicitar una green card para vivir y trabajar en el país.
Un ciudadano estadounidense puede presentar la forma, por separado, para cada familiar elegible, como:
- El cónyuge
- Hijos solteros menores de 21 años
- Hijos solteros mayores de 21 años
- Hijos casados de cualquier edad;
- Hermanos (debe tener 21 años o más)
- Madre o padre (debe tener 21 años o más)
Mientras que un residente permanente legal de Estados Unidos, solo puede presentar un Formulario I-130, por separado para cada familiar elegible, para:
- El cónyuge
- Los hijos solteros menores de 21 años
- Los hijos solteros mayores de 21 años
Formulario I-130: cómo funciona la Petición de Familiar Extranjero
Presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero es el primer paso para ayudar a un familiar a inmigrar a Estados Unidos. Sin embargo, la agencia advierte que la presentación o aprobación de la petición no otorga al extranjero ningún estatus o beneficio de inmigración.
Usualmente, el Uscis aprueba la solicitud si el peticionario comprueba la relación cualificada con el familiar. Por lo general, una vez que se concede la petición, el extranjero puede solicitar una green card.
Si el familiar ya está en Estados Unidos y hay una visa de inmigrante disponible, podrá ser elegible para solicitar la residencia permanente mediante la presentación de un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
Sin embargo, algunos extranjeros deben esperar hasta que haya un número de visa de inmigrante disponible antes de que puedan presentar el ajuste de estatus o solicitar un visado en una embajada o consulado a través del procesamiento consular, para estos casos se debe estar fuera de Estados Unidos.
- Cuando el familiar califica como inmediato, siempre habrá una visa de inmigrante disponible.
Al completar el Formulario I-130, el peticionario debe asegurarse de seleccionar solo una opción: ajuste de estatus dentro de Estados Unidos o el procesamiento consular fuera del país. Si la solicitud está pendiente con Uscis y se desea cambiar la selección, es posible comunicarse con la agencia para pedir un cambio.
Hay dos opciones para presentar el formato:
- En línea, con una tarifa de 625 dólares; o
- Correo postal (formato impreso), con un costo de US$675.
El lugar de presentación para el I-130 dependerá de donde reside el peticionario y si se presenta el Formulario I-485 al mismo tiempo, procedimiento al que se le denomina “presentación conjunta”.
La agencia explica que la presentación conjunta no puede ocurrir en los casos de tramitación consular, ya que la petición de inmigrante se tramita ante Uscis y la solicitud de visa de inmigrante se procesa con el Departamento de Estado de EE.UU.
El Formulario I-130 del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) se utiliza para iniciar el proceso de solicitud de residencia permanente para un familiar. Los patrocinadores deben ser ciudadanos estadounidenses o titulares de una green card.
¿Quién puede presentar el Formulario I-130 para pedir a un familiar?
La agencia señala que pueden utilizar el formulario los peticionarios que son ciudadanos o residentes permanentes de Estados Unidos que necesitan demostrar la relación que tienen con un familiar elegible, al que se le denomina beneficiario, quien desea solicitar una green card para vivir y trabajar en el país.
Un ciudadano estadounidense puede presentar la forma, por separado, para cada familiar elegible, como:
- El cónyuge
- Hijos solteros menores de 21 años
- Hijos solteros mayores de 21 años
- Hijos casados de cualquier edad;
- Hermanos (debe tener 21 años o más)
- Madre o padre (debe tener 21 años o más)
Mientras que un residente permanente legal de Estados Unidos, solo puede presentar un Formulario I-130, por separado para cada familiar elegible, para:
- El cónyuge
- Los hijos solteros menores de 21 años
- Los hijos solteros mayores de 21 años
Formulario I-130: cómo funciona la Petición de Familiar Extranjero
Presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero es el primer paso para ayudar a un familiar a inmigrar a Estados Unidos. Sin embargo, la agencia advierte que la presentación o aprobación de la petición no otorga al extranjero ningún estatus o beneficio de inmigración.
Usualmente, el Uscis aprueba la solicitud si el peticionario comprueba la relación cualificada con el familiar. Por lo general, una vez que se concede la petición, el extranjero puede solicitar una green card.
Si el familiar ya está en Estados Unidos y hay una visa de inmigrante disponible, podrá ser elegible para solicitar la residencia permanente mediante la presentación de un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
Sin embargo, algunos extranjeros deben esperar hasta que haya un número de visa de inmigrante disponible antes de que puedan presentar el ajuste de estatus o solicitar un visado en una embajada o consulado a través del procesamiento consular, para estos casos se debe estar fuera de Estados Unidos.
- Cuando el familiar califica como inmediato, siempre habrá una visa de inmigrante disponible.
Al completar el Formulario I-130, el peticionario debe asegurarse de seleccionar solo una opción: ajuste de estatus dentro de Estados Unidos o el procesamiento consular fuera del país. Si la solicitud está pendiente con Uscis y se desea cambiar la selección, es posible comunicarse con la agencia para pedir un cambio.
Hay dos opciones para presentar el formato:
- En línea, con una tarifa de 625 dólares; o
- Correo postal (formato impreso), con un costo de US$675.
El lugar de presentación para el I-130 dependerá de donde reside el peticionario y si se presenta el Formulario I-485 al mismo tiempo, procedimiento al que se le denomina “presentación conjunta”.
La agencia explica que la presentación conjunta no puede ocurrir en los casos de tramitación consular, ya que la petición de inmigrante se tramita ante Uscis y la solicitud de visa de inmigrante se procesa con el Departamento de Estado de EE.UU.
Aprende a pedir la green card para un familiar con el Formulario I-130. Requisitos para ciudadanos y residentes permanentes en EE. UU. LA NACION