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Rafecas ordenó aplicar el juicio de ausencia contra los acusados del atentado a la AMIA​Rafecas ordenó aplicar el juicio de ausencia contra los acusados del atentado a la AMIA 

Daniel Rafecas resolvió este jueves que se implementará el juicio en ausencia contra los diez libaneses e iraníes acusados por el atentado a la AMIA que ocurrió hace 31 años y sigue impune. La decisión del juez federal se produce luego del pedido del fiscal de la UFI AMIA -Sebastián Basso- y de las querellas y resolvió que debe avanzarse hacia el juicio en ausencia.

Los acusados son exfuncionarios del gobierno iraní y miembros de Hezbollah señalados como responsables de planificar y ejecutar el ataque terrorista del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y más de 150 heridos.

La nueva ley de juicio en ausencia, requerida por el Ministerio Público, fue sancionada por el Congreso este año y propone el avance de procesos penales cuando los acusados no quieren presentarse ante la justicia y evitar que los crímenes queden impunes y dar una respuesta judicial después de más de 30 años de espera.

Según publica Clarín, Rafecas explicó que los acusados fueron «declarados rebeldes hace años, saben perfectamente que están siendo buscados y nunca respondieron a los pedidos de extradición».

La Justicia atribuyó el atentado a la AMIA a Irán y Hezbollah

La investigación apunta a que el atentado habría sido organizado desde las más altas esferas del régimen iraní, con apoyo logístico y operativo de Hezbollah en Argentina y en la Triple Frontera. 

La nueva ley de juicio en ausencia, requerida por el Ministerio Público, fue sancionada por el Congreso este año y propone el avance de procesos penales cuando los acusados no quieren presentarse ante la justicia y evitar que los crímenes queden impunes y dar una respuesta judicial después de más de 30 años de espera.

En este marco, los nombres que estarán siendo juzgados son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. 

Ahora Rafecas debe esperar el pedido del fiscal Basso para cerrar la instrucción de la causa y elevarla a juicio oral».

«Se trata de un crimen que ha causado efectos devastadores en el territorio nacional, ocasionado mediante un método tipificado internacionalmente como atentado terrorista y por el uso de coche-bomba, que responde a un patrón de violencia sistemática y organizada contra una población civil identificable, en este caso, la comunidad judía argentina», detalla el pedido del fiscal al que hizo lugar el juez Rafecas.

Ayatolá, Alí Khamenei.

El titular de la UFI AMIA sostuvo que el juicio en ausencia «no constituye una norma penal sustantiva, sino un mecanismo procedimental que regula el modo en que se desarrolla el proceso penal frente a la incomparecencia del imputado declarado rebelde, sin introducir agravamiento de la pena ni afectación alguna a los derechos esenciales del acusado».

También solicitaron la aplicación de la Ley 27.784 la querella del abogado Tomás Farini Duggan, quien representa a los familiares de las víctimas del ataque Luis Czyzewski y Mario Averbuch, y los abogados de la DAIA y la AMIA. 

Se trata de un crimen que ha causado efectos devastadores en el territorio nacional, ocasionado mediante un método tipificado internacionalmente como atentado terrorista y por el uso de coche-bomba, que responde a un patrón de violencia sistemática y organizada contra una población civil identificable, en este caso, la comunidad judía argentina

En abril del año pasado, la Cámara de Casación concluyó que los atentados perpetrados contra la Embajada de Israel y la AMIA fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbolá, ordenados por el gobierno de Irán.

El fallo declaró que ambos episodios deben ser considerados como delitos de lesa humanidad, lo que implica que las investigaciones no prescriben pese al paso del tiempo y la carencia de resultados judiciales. La resolución exhorta al Estado argentino a formular un reclamo formal en tribunales internacionales contra Irán.

Los jueces Carlos Mahiques, Ángela Ledesma y Diego Barroetaveña determinaron que ambos atentados fueron planificados desde Irán y ejecutados por Hezbollah, organización a la que definieron como un virtual brazo armado para acciones terroristas.

Los jueces ratificaron el carácter de lesa humanidad, que en el caso de la AMIA ya había sido declarado por el juez Rodolfo Canicoba Corral hace casi dos décadas.

Daniel Rafecas resolvió este jueves que se implementará el juicio en ausencia contra los diez libaneses e iraníes acusados por el atentado a la AMIA que ocurrió hace 31 años y sigue impune. La decisión del juez federal se produce luego del pedido del fiscal de la UFI AMIA -Sebastián Basso- y de las querellas y resolvió que debe avanzarse hacia el juicio en ausencia.

Los acusados son exfuncionarios del gobierno iraní y miembros de Hezbollah señalados como responsables de planificar y ejecutar el ataque terrorista del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y más de 150 heridos.

La nueva ley de juicio en ausencia, requerida por el Ministerio Público, fue sancionada por el Congreso este año y propone el avance de procesos penales cuando los acusados no quieren presentarse ante la justicia y evitar que los crímenes queden impunes y dar una respuesta judicial después de más de 30 años de espera.

Según publica Clarín, Rafecas explicó que los acusados fueron «declarados rebeldes hace años, saben perfectamente que están siendo buscados y nunca respondieron a los pedidos de extradición».

La Justicia atribuyó el atentado a la AMIA a Irán y Hezbollah

La investigación apunta a que el atentado habría sido organizado desde las más altas esferas del régimen iraní, con apoyo logístico y operativo de Hezbollah en Argentina y en la Triple Frontera. 

La nueva ley de juicio en ausencia, requerida por el Ministerio Público, fue sancionada por el Congreso este año y propone el avance de procesos penales cuando los acusados no quieren presentarse ante la justicia y evitar que los crímenes queden impunes y dar una respuesta judicial después de más de 30 años de espera.

En este marco, los nombres que estarán siendo juzgados son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. 

Ahora Rafecas debe esperar el pedido del fiscal Basso para cerrar la instrucción de la causa y elevarla a juicio oral».

«Se trata de un crimen que ha causado efectos devastadores en el territorio nacional, ocasionado mediante un método tipificado internacionalmente como atentado terrorista y por el uso de coche-bomba, que responde a un patrón de violencia sistemática y organizada contra una población civil identificable, en este caso, la comunidad judía argentina», detalla el pedido del fiscal al que hizo lugar el juez Rafecas.

Ayatolá, Alí Khamenei.

El titular de la UFI AMIA sostuvo que el juicio en ausencia «no constituye una norma penal sustantiva, sino un mecanismo procedimental que regula el modo en que se desarrolla el proceso penal frente a la incomparecencia del imputado declarado rebelde, sin introducir agravamiento de la pena ni afectación alguna a los derechos esenciales del acusado».

También solicitaron la aplicación de la Ley 27.784 la querella del abogado Tomás Farini Duggan, quien representa a los familiares de las víctimas del ataque Luis Czyzewski y Mario Averbuch, y los abogados de la DAIA y la AMIA. 

Se trata de un crimen que ha causado efectos devastadores en el territorio nacional, ocasionado mediante un método tipificado internacionalmente como atentado terrorista y por el uso de coche-bomba, que responde a un patrón de violencia sistemática y organizada contra una población civil identificable, en este caso, la comunidad judía argentina

En abril del año pasado, la Cámara de Casación concluyó que los atentados perpetrados contra la Embajada de Israel y la AMIA fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbolá, ordenados por el gobierno de Irán.

El fallo declaró que ambos episodios deben ser considerados como delitos de lesa humanidad, lo que implica que las investigaciones no prescriben pese al paso del tiempo y la carencia de resultados judiciales. La resolución exhorta al Estado argentino a formular un reclamo formal en tribunales internacionales contra Irán.

Los jueces Carlos Mahiques, Ángela Ledesma y Diego Barroetaveña determinaron que ambos atentados fueron planificados desde Irán y ejecutados por Hezbollah, organización a la que definieron como un virtual brazo armado para acciones terroristas.

Los jueces ratificaron el carácter de lesa humanidad, que en el caso de la AMIA ya había sido declarado por el juez Rodolfo Canicoba Corral hace casi dos décadas.

 Los acusados son exfuncionarios del gobierno iraní y miembros de Hezbollah señalados como responsables de planificar y ejecutar el ataque terrorista del 18 de julio de 1994.  Leer más

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