Se podrán importar cosméticos y productos higiénicos para uso comercial sin autorización de la ANMAT

A través de la disposición 4033/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, los establecimientos que efectúen las importaciones de los productos previamente aprobados por la ANMAT, deberán dar aviso de su nacionalización, dentro de las 48 horas de ingresados.
A través de la disposición 4033/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, los establecimientos que efectúen las importaciones de los productos previamente aprobados por la ANMAT, deberán dar aviso de su nacionalización, dentro de las 48 horas de ingresados. A través de la disposición 4033/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, los establecimientos que efectúen las importaciones de los productos previamente aprobados por la ANMAT, deberán dar aviso de su nacionalización, dentro de las 48 horas de ingresados. Últimas noticias de Argentina y el Mundo | Ámbito