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El Gobierno oficializó los nuevos requisitos para acreditarse como prensa en la Casa Rosada

A través de la resolución 1319/2025 publicada este viernes a la madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó los nuevos criterios obligatorios para la acreditación de medios y periodistas en la Casa Rosada. La medida deroga la disposición anterior de 2024 y busca -según indica- “ordenar, garantizar la seguridad y promover la pluralidad informativa”.

El texto lleva la firma del vocero presidencial, Manuel Adorni, mientras que los anexos están firmados por su número dos, Javier Lanari, y dispone un plazo de 30 días hábiles para que los medios y profesionales de la comunicación presenten las solicitudes de acreditación para el período que va desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026. Las nuevas reglas incluyen un procedimiento detallado para la solicitud de accesos, una declaración jurada obligatoria y una “matriz de evaluación objetiva” que se utilizará para evaluar a los postulantes.

La medida lleva la firma del vocero presidencial, Manuel Adorni

Uno de los ejes centrales de la normativa es la redefinición del aforo en las salas de prensa Decano Roberto Di Sandro y en las conferencias dentro de la Casa Rosada. El Gobierno justifica este punto en la necesidad de garantizar “condiciones de seguridad adecuadas, evitar aglomeraciones y permitir un desarrollo ordenado y eficiente de las actividades oficiales”. Si bien no se especificó en el texto el número exacto de acreditaciones que se otorgarán, se anticipa una selección más estricta.

En paralelo, se refuerzan las facultades de la Subsecretaría de Prensa, que será la nueva autoridad de aplicación del régimen. Este organismo podrá dictar normas complementarias y ejercer el control sobre el cumplimiento de los requisitos.

Desde el Gobierno enfatizaron que la actualización de la normativa busca “asegurar el pleno ejercicio del derecho de la ciudadanía a recibir información objetiva, plural y de interés público, en condiciones de igualdad y transparencia”.

No obstante, aún no se conocen detalles sobre los criterios de evaluación incluidos en la matriz objetiva ni si habrá instancias de apelación ante rechazos. La entrada en vigencia de la resolución es inmediata a partir de su publicación, pero el impacto se sentirá en las próximas semanas, cuando los medios deban cumplir con el nuevo régimen para no perder su acreditación.

A continuación, los principales puntos:

  • El medio solicitante deberá presentar una declaración jurada en la que indica bajo juramento que los datos presentados son verídicos, que el periodista se compromete a respetar las normas de convivencia y que cualquier falsedad en los datos declarados implica una quita de la acreditación.
  • La sala de conferencias tendrá una capacidad máxima de 25 puestos destinados a los periodistas bajo la modalidad anual
  • La franja horaria de acceso a Casa Rosada será de lunes a viernes entre las 6.30 y las 21
  • La circulación transitoria en áreas comunes será autorizada si es estrictamente necesario o indispensable, ya que los periodistas sólo se podrán trasladar dentro de Casa Rosada entre los puntos habilitados
  • Cada medio podrá solicitar la autorización para un máximo de dos profesionales, a razón de uno para el turno mañana y el otro para el turno tarde; podrán sumar un profesional suplente
  • Las autorizaciones son intransferibles
  • El uso de credencial de manera visible y en todo momento será de carácter obligatorio
  • Los periodistas deberán mantener un trato respetuoso entre sí y para con los organizadores y conferencistas
  • Los dispositivos electrónicos deberán estar en modo “silencio” durante las actividades que se desarrollarán
  • No se permitirá el ingreso a la sala una vez iniciada la conferencia y los periodistas no podrán acercarse al área donde se ubique el conferencista
  • El conferencista y/o moderador podrá gestionar el uso del tiempo de intervención de los acreditados
  • El código de vestimenta será formal
  • Estará prohibido transmitir en vivo, tomar imágenes o videos en espacios no autorizados
  • Incurrir en dos faltas graves puede provocar la revocación y/o no renovación de la acreditación otorgada
  • Los acreditados asumen la entera responsabilidad sobre sus equipos, insumos y herramientas que utilicen para trabajar dentro de Casa Rosada
  • La evaluación para otorgar la acreditación será a través de un sistema de puntaje: 70 es el más alto y el mínimo es 35 de acuerdo a criterios como el alcance numérico del medio, la interacción, la cobertura previa, la trayectoria profesional, la diversidad informativa y el compromiso con normas institucionales

Para la acreditación anual:

  • El medio deberá declarar su índice de medición de audiencia y alcance obtenido durante los 90 días corridos inmediatos anteriores a la solicitud, como también el alcance geográfico de cobertura. Estas métricas deberán estar respaldadas por herramientas verificables y reconocidas en la industria —como Google Analytics, Ibope, u otras.
  • A partir de la fecha de otorgamiento de la acreditación, y una vez transcurridos 180 días corridos, los medios deberán declarar nuevamente su índice de medición de audiencia y alcance. En caso de no presentarlo, o si el nuevo índice declarado refleja que el medio ha dejado de tener alcance masivo, la acreditación podrá ser suspendida temporalmente hasta tanto se regularice la situación o se acredite nuevamente el cumplimiento de los requisitos exigidos.
  • Quedará sin efecto la acreditación si no se registra ingreso a Casa Rosada durante 20 días hábiles, al menos que haya sido por una causa debidamente justificada

Para la acreditación eventual (destinada a actividades puntuales):

  • La solicitud de acreditación deberá realizarse de manera específica con al menos 48 horas hábiles de anticipación de la actividad a cubrir
  • Tendrá vigencia durante el transcurso de las actividades solicitadas o por un período no mayor a los cinco días hábiles
  • Se aprobarán las acreditaciones eventuales teniendo en consideración la magnitud de las actividades a realizarse y el espacio físico disponible
  • Podrán solicitarla profesionales de la comunicación sin vínculo con un medio, en tanto acrediten producción regular y verificable en temas institucionales o vinculados a la labor de comunicación pública. Deberán presentar un portfolio de publicaciones, canal o medio digital activo

Requisitos documentales:

  1. Enviar un correo electrónico a: acreditacionperiodistas@presidencia.gob.arcon asunto “SOLICITUD DE ACREDITACIÓN ANUAL/EVENTUAL”
  2. Carta firmada por el/la jefe periodístico/a o editor/a o responsable del medio con: datos del medio de comunicación con razón social y nombre fantasía o marca comercial, nombre completo del jefe periodístico o editor responsable, tipo de medio, dirección, teléfono y correo electrónico de contacto y servicio informativo que brinda.
  3. Datos personales de los profesionales: nombre completo, documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, teléfono celular, correo electrónico, tarea o función, y Curriculum Vitae.
  4. Constancia que acredite la existencia y vigencia de la vinculación, relación de dependencia u otra, entre el medio de comunicación solicitante y los profesionales
  5. Copia del título profesional universitario y/o terciario homologado por autoridad competente en caso de tenerlo
  6. Foto 4×4 en formato digital PDF o JPG
  7. La declaración jurada

A través de la resolución 1319/2025 publicada este viernes a la madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó los nuevos criterios obligatorios para la acreditación de medios y periodistas en la Casa Rosada. La medida deroga la disposición anterior de 2024 y busca -según indica- “ordenar, garantizar la seguridad y promover la pluralidad informativa”.

El texto lleva la firma del vocero presidencial, Manuel Adorni, mientras que los anexos están firmados por su número dos, Javier Lanari, y dispone un plazo de 30 días hábiles para que los medios y profesionales de la comunicación presenten las solicitudes de acreditación para el período que va desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026. Las nuevas reglas incluyen un procedimiento detallado para la solicitud de accesos, una declaración jurada obligatoria y una “matriz de evaluación objetiva” que se utilizará para evaluar a los postulantes.

La medida lleva la firma del vocero presidencial, Manuel Adorni

Uno de los ejes centrales de la normativa es la redefinición del aforo en las salas de prensa Decano Roberto Di Sandro y en las conferencias dentro de la Casa Rosada. El Gobierno justifica este punto en la necesidad de garantizar “condiciones de seguridad adecuadas, evitar aglomeraciones y permitir un desarrollo ordenado y eficiente de las actividades oficiales”. Si bien no se especificó en el texto el número exacto de acreditaciones que se otorgarán, se anticipa una selección más estricta.

En paralelo, se refuerzan las facultades de la Subsecretaría de Prensa, que será la nueva autoridad de aplicación del régimen. Este organismo podrá dictar normas complementarias y ejercer el control sobre el cumplimiento de los requisitos.

Desde el Gobierno enfatizaron que la actualización de la normativa busca “asegurar el pleno ejercicio del derecho de la ciudadanía a recibir información objetiva, plural y de interés público, en condiciones de igualdad y transparencia”.

No obstante, aún no se conocen detalles sobre los criterios de evaluación incluidos en la matriz objetiva ni si habrá instancias de apelación ante rechazos. La entrada en vigencia de la resolución es inmediata a partir de su publicación, pero el impacto se sentirá en las próximas semanas, cuando los medios deban cumplir con el nuevo régimen para no perder su acreditación.

A continuación, los principales puntos:

  • El medio solicitante deberá presentar una declaración jurada en la que indica bajo juramento que los datos presentados son verídicos, que el periodista se compromete a respetar las normas de convivencia y que cualquier falsedad en los datos declarados implica una quita de la acreditación.
  • La sala de conferencias tendrá una capacidad máxima de 25 puestos destinados a los periodistas bajo la modalidad anual
  • La franja horaria de acceso a Casa Rosada será de lunes a viernes entre las 6.30 y las 21
  • La circulación transitoria en áreas comunes será autorizada si es estrictamente necesario o indispensable, ya que los periodistas sólo se podrán trasladar dentro de Casa Rosada entre los puntos habilitados
  • Cada medio podrá solicitar la autorización para un máximo de dos profesionales, a razón de uno para el turno mañana y el otro para el turno tarde; podrán sumar un profesional suplente
  • Las autorizaciones son intransferibles
  • El uso de credencial de manera visible y en todo momento será de carácter obligatorio
  • Los periodistas deberán mantener un trato respetuoso entre sí y para con los organizadores y conferencistas
  • Los dispositivos electrónicos deberán estar en modo “silencio” durante las actividades que se desarrollarán
  • No se permitirá el ingreso a la sala una vez iniciada la conferencia y los periodistas no podrán acercarse al área donde se ubique el conferencista
  • El conferencista y/o moderador podrá gestionar el uso del tiempo de intervención de los acreditados
  • El código de vestimenta será formal
  • Estará prohibido transmitir en vivo, tomar imágenes o videos en espacios no autorizados
  • Incurrir en dos faltas graves puede provocar la revocación y/o no renovación de la acreditación otorgada
  • Los acreditados asumen la entera responsabilidad sobre sus equipos, insumos y herramientas que utilicen para trabajar dentro de Casa Rosada
  • La evaluación para otorgar la acreditación será a través de un sistema de puntaje: 70 es el más alto y el mínimo es 35 de acuerdo a criterios como el alcance numérico del medio, la interacción, la cobertura previa, la trayectoria profesional, la diversidad informativa y el compromiso con normas institucionales

Para la acreditación anual:

  • El medio deberá declarar su índice de medición de audiencia y alcance obtenido durante los 90 días corridos inmediatos anteriores a la solicitud, como también el alcance geográfico de cobertura. Estas métricas deberán estar respaldadas por herramientas verificables y reconocidas en la industria —como Google Analytics, Ibope, u otras.
  • A partir de la fecha de otorgamiento de la acreditación, y una vez transcurridos 180 días corridos, los medios deberán declarar nuevamente su índice de medición de audiencia y alcance. En caso de no presentarlo, o si el nuevo índice declarado refleja que el medio ha dejado de tener alcance masivo, la acreditación podrá ser suspendida temporalmente hasta tanto se regularice la situación o se acredite nuevamente el cumplimiento de los requisitos exigidos.
  • Quedará sin efecto la acreditación si no se registra ingreso a Casa Rosada durante 20 días hábiles, al menos que haya sido por una causa debidamente justificada

Para la acreditación eventual (destinada a actividades puntuales):

  • La solicitud de acreditación deberá realizarse de manera específica con al menos 48 horas hábiles de anticipación de la actividad a cubrir
  • Tendrá vigencia durante el transcurso de las actividades solicitadas o por un período no mayor a los cinco días hábiles
  • Se aprobarán las acreditaciones eventuales teniendo en consideración la magnitud de las actividades a realizarse y el espacio físico disponible
  • Podrán solicitarla profesionales de la comunicación sin vínculo con un medio, en tanto acrediten producción regular y verificable en temas institucionales o vinculados a la labor de comunicación pública. Deberán presentar un portfolio de publicaciones, canal o medio digital activo

Requisitos documentales:

  1. Enviar un correo electrónico a: acreditacionperiodistas@presidencia.gob.arcon asunto “SOLICITUD DE ACREDITACIÓN ANUAL/EVENTUAL”
  2. Carta firmada por el/la jefe periodístico/a o editor/a o responsable del medio con: datos del medio de comunicación con razón social y nombre fantasía o marca comercial, nombre completo del jefe periodístico o editor responsable, tipo de medio, dirección, teléfono y correo electrónico de contacto y servicio informativo que brinda.
  3. Datos personales de los profesionales: nombre completo, documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, teléfono celular, correo electrónico, tarea o función, y Curriculum Vitae.
  4. Constancia que acredite la existencia y vigencia de la vinculación, relación de dependencia u otra, entre el medio de comunicación solicitante y los profesionales
  5. Copia del título profesional universitario y/o terciario homologado por autoridad competente en caso de tenerlo
  6. Foto 4×4 en formato digital PDF o JPG
  7. La declaración jurada

 Mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, se actualizaron los criterios para que medios y periodistas puedan trabajar en la sede del Ejecutivo  LA NACION

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