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Cómo aplicar al asilo político en Estados Unidos con nacionalidad cubana

El asilo ofrece protección a personas que ya se encuentran dentro de Estados Unidos o en un puerto de entrada y temen regresar a su país de origen porque vivieron o creen que pueden sufrir persecución. Alguien de nacionalidad cubana puede optar por pedir este beneficio, que ofrece la posibilidad de ser elegible para la residencia permanente.

Cómo obtener asilo en EE.UU.

Los migrantes pueden aplicar al beneficio, independientemente de su estatus de inmigración, y dentro del transcurso de un año desde la llegada a EE.UU. Solo en ciertos casos hay excepciones a este requisito.

Una persona de nacionalidad cubana puede optar por pedir el asilo

Un extranjero es elegible para solicitar asilo si demuestra que en su país de origen sufrió o cree que puede ser perseguido por:

  • Raza
  • Religión
  • Nacionalidad
  • Asociación con un grupo social
  • Ideología política

Asilo en EE.UU. para cubanos: cómo aplicar

Si un cubano es elegible para solicitar asilo, es posible que se le permita permanecer en EE.UU., trabajar, pedir que entre su familia, como cónyuge e hijos menores de 21 años, y obtener la residencia permanente, también conocida como green card.

Hay tres formas de obtener el beneficio:

  • El proceso afirmativo.
  • Una entrevista sobre los méritos del asilo después de una determinación positiva de temor creíble.
  • El proceso defensivo.

Para obtenerlo, en la categoría de afirmativo o defensivo, se debe presentar ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) el formulario I-589, la solicitud de asilo y de suspensión de expulsión.

Proceso afirmativo

Para aplicar en esta categoría, es necesario hacer la petición dentro del período de un año de la última llegada a Estados Unidos, a menos que se puedan demostrar:

  • Circunstancias que cambiaron y afectan directamente su elegibilidad para asilo o circunstancias extraordinarias relacionadas con demoras en la presentación de la solicitud
  • Que se presentó la solicitud dentro de un período razonable debido a dichas circunstancias.

La agencia indica que prohíbe solicitar el beneficio a una persona que lo pidió anteriormente y cuando un juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración lo denegó, a menos que se pueda demostrar que existen circunstancias que cambiaron y que afectan de forma significativa la elegibilidad.

Se puede aplicar al beneficio en Estados Unidos, independientemente del estatus de inmigración

Si el caso no es aprobado y el solicitante no está en estatus legal de inmigración, se le emitirá un formulario I-862, Notificación de Comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés). Un juez de inmigración en la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés) llevará a cabo una nueva revisión.

Entrevista de méritos de asilo

Este se da cuando el extranjero está en procedimientos de remoción expedita e indica que tiene intención de solicitar la protección, expresa temor de ser perseguido o torturado, o de miedo de regresar a su país.

En ese caso, será referido al Uscis para una verificación de miedo creíble con un oficial de asilo. Si resulta afirmativo, se programará la Entrevista de Méritos de Asilo, para determinar la elegibilidad o se expedirá una Notificación de Comparecencia ante un juez de inmigración de la EOIR.

Si el oficial determina que no se tiene temor creíble, el extranjero puede solicitar una revisión de un juez de inmigración, en caso contrario el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) podría ejecutar una remoción de EE.UU.

El asilo ofrece protección a personas que ya se encuentran dentro de EE.UU.

El proceso de defensa de asilo

Esta categoría ocurre cuando se pide como una protección en contra de la remoción de Estados Unidos. Para darse, el extranjero debe estar en un procedimiento de expulsión en el Tribunal de Inmigración con la EOIR, como en casos donde fueron arrestados en EE.UU. o en uno de sus puertos de entrada sin la documentación legal adecuada, o en violación de su estatus migratorio.

También puede darse si, cuando estos individuos fueron detenidos por el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) al intentar entrar al país norteamericano, el oficial de asilo determinó que tenían temor creíble de ser perseguidos o torturados.

En la mayoría de los casos, para completar el proceso, se debe acudir a la toma de huellas digitales y a una entrevista con un funcionario de asilo en una oficina de Uscis.

El asilo ofrece protección a personas que ya se encuentran dentro de Estados Unidos o en un puerto de entrada y temen regresar a su país de origen porque vivieron o creen que pueden sufrir persecución. Alguien de nacionalidad cubana puede optar por pedir este beneficio, que ofrece la posibilidad de ser elegible para la residencia permanente.

Cómo obtener asilo en EE.UU.

Los migrantes pueden aplicar al beneficio, independientemente de su estatus de inmigración, y dentro del transcurso de un año desde la llegada a EE.UU. Solo en ciertos casos hay excepciones a este requisito.

Una persona de nacionalidad cubana puede optar por pedir el asilo

Un extranjero es elegible para solicitar asilo si demuestra que en su país de origen sufrió o cree que puede ser perseguido por:

  • Raza
  • Religión
  • Nacionalidad
  • Asociación con un grupo social
  • Ideología política

Asilo en EE.UU. para cubanos: cómo aplicar

Si un cubano es elegible para solicitar asilo, es posible que se le permita permanecer en EE.UU., trabajar, pedir que entre su familia, como cónyuge e hijos menores de 21 años, y obtener la residencia permanente, también conocida como green card.

Hay tres formas de obtener el beneficio:

  • El proceso afirmativo.
  • Una entrevista sobre los méritos del asilo después de una determinación positiva de temor creíble.
  • El proceso defensivo.

Para obtenerlo, en la categoría de afirmativo o defensivo, se debe presentar ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) el formulario I-589, la solicitud de asilo y de suspensión de expulsión.

Proceso afirmativo

Para aplicar en esta categoría, es necesario hacer la petición dentro del período de un año de la última llegada a Estados Unidos, a menos que se puedan demostrar:

  • Circunstancias que cambiaron y afectan directamente su elegibilidad para asilo o circunstancias extraordinarias relacionadas con demoras en la presentación de la solicitud
  • Que se presentó la solicitud dentro de un período razonable debido a dichas circunstancias.

La agencia indica que prohíbe solicitar el beneficio a una persona que lo pidió anteriormente y cuando un juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración lo denegó, a menos que se pueda demostrar que existen circunstancias que cambiaron y que afectan de forma significativa la elegibilidad.

Se puede aplicar al beneficio en Estados Unidos, independientemente del estatus de inmigración

Si el caso no es aprobado y el solicitante no está en estatus legal de inmigración, se le emitirá un formulario I-862, Notificación de Comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés). Un juez de inmigración en la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés) llevará a cabo una nueva revisión.

Entrevista de méritos de asilo

Este se da cuando el extranjero está en procedimientos de remoción expedita e indica que tiene intención de solicitar la protección, expresa temor de ser perseguido o torturado, o de miedo de regresar a su país.

En ese caso, será referido al Uscis para una verificación de miedo creíble con un oficial de asilo. Si resulta afirmativo, se programará la Entrevista de Méritos de Asilo, para determinar la elegibilidad o se expedirá una Notificación de Comparecencia ante un juez de inmigración de la EOIR.

Si el oficial determina que no se tiene temor creíble, el extranjero puede solicitar una revisión de un juez de inmigración, en caso contrario el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) podría ejecutar una remoción de EE.UU.

El asilo ofrece protección a personas que ya se encuentran dentro de EE.UU.

El proceso de defensa de asilo

Esta categoría ocurre cuando se pide como una protección en contra de la remoción de Estados Unidos. Para darse, el extranjero debe estar en un procedimiento de expulsión en el Tribunal de Inmigración con la EOIR, como en casos donde fueron arrestados en EE.UU. o en uno de sus puertos de entrada sin la documentación legal adecuada, o en violación de su estatus migratorio.

También puede darse si, cuando estos individuos fueron detenidos por el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) al intentar entrar al país norteamericano, el oficial de asilo determinó que tenían temor creíble de ser perseguidos o torturados.

En la mayoría de los casos, para completar el proceso, se debe acudir a la toma de huellas digitales y a una entrevista con un funcionario de asilo en una oficina de Uscis.

 Descubre cómo los ciudadanos cubanos pueden solicitar asilo político en EE.UU. a través de programas humanitarios que brindan protección ante persecución o tortura.  LA NACION

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