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EMILIANO GABRIEL ORTIZ NUEVAMENTE DETENIDO

En la fecha, siendo aproximadamente las 16:00hs., personal de Delitos complejos que se encontraba llevando a cabo recorridas de rutina por el ejido urbano, a bordo de los móviles no identificables afectados a esa Unidad, advirtieron circular a un rodado marca NISSAN, modelo VERSA, dominio AA857WY, color azul, el cual era conducido por un masculino a quien de inmediato los efectivos reconocieron como EMILIANO GABRIEL ORTIZ (30 años).

Cabe recordar que el éste último nombrado se encuentra actualmente “INHABILITADO” para manejar vehículos automotores, como parte de una condena judicial tras ser hallado como autor materialmente responsable de la muerte de la joven Vanina Jesica ESPINDOLA, cuando en fecha 03/07/2008, como consecuencia de una carrera de autos (“picadas”) atropelló a la víctima en el sector denominado como “5 ESQUINAS”, arrastrando el cuerpo de la fallecida debajo de estructura del rodado lesionante por varias cuadras. Como consecuencia de ello, tras detectarse esta situación rápidamente se coordinaron los móviles a efectos de lograr interceptar al vehículo. Así las cosas, uno de los móviles de la División le cerró el paso cuando el rodado NISSAN transitaba por San Martín casi esquina 25 de Mayo, e inmediatamente descendieron los efectivos del móvil exhibiendo credencial e identificándose como “policías”, haciéndole señas al conductor del NISSAN para que descendiera de la unidad. Que al ocurrir esto, el conductor del NISSAN evadió al personal policial, haciendo una brusca y rápida maniobra, tomando e incursionando por la vereda de la calle San Martín esquivando de esa forma al móvil y el personal policial. Dicha maniobra fue tan temeraria que los efectivos policiales debieron esquivar al NISSAN para evitar ser colisionados.

 

Seguidamente el NISSAN tomó por San Martín a gran velocidad y luego dobló en Lasserre; para finalmente sobre Lasserre (entre San Martìn y Maipù) ser demorado por otro de los móviles de la División Delitos Complejos que participó del operativo. Una vez detenido el NISSAN, se constató que efectivamente ORTIZ era el único adulto dentro del rodado, y que en la parte trasera viajaban sus dos hijos, tratándose los mismos de un bebe de 1 año y un niño de 6. Atento a lo expuesto y tomándose en cuenta que la conducta del causante encuadraba en una infracción al art. 281 bis del Código Penal de la Nación (QUEBRANTAMENTO DE PENA), se procedió a llevar a cabo una actuación por “FLAGRANCIA”, con intervención de la Fiscalía en turno quedando inmediatamente el ciudadano ORTIZ, aprehendido en carácter de INCOMUNICADO, a disposición de autoridad judicial en turno.

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